domingo, febrero 19, 2012

Revocatorias pervertidas

A raíz de las intenciones non-sanctas para revocar a la alcaldesa de Lima, Susana Villarán, surgieron una serie de opiniones calificadas que discutían el espíritu de la ley. Viendo que sólo en Lima se ha solicitado planillones para revocar a 36 de los 42 alcaldes distritales es evidente que algo anda mal en la ley.

Para comenzar, la ley nació defectuosa. Cuando una persona le da una carta poder a otra o cuando un directorio le brinda la confianza a un apoderado son "identificables" los miembros que otorgan el poder a favor y los que se oponen. Una revocatoria en el caso en el que una sola persona decide es evidente: si cambia de posición revoca o rectifica su decisión inicial.

En los casos de revocatoria electorales en el país resulta que los interesados son los perdedores, es decir, los que no votaron por el alcalde o presidente regional. Son las personas que no cambiarán de opinión (siguen en contra de los elegidos) respecto a la que emitieron en las últimas elecciones municipales y regionales. Entonces, un proceso en el que deberían estar más interesados "los arrepentidos de su voto" (si es que los hubiera) termina siendo protagonizado por los perdedores que buscan una segunda oportunidad de llegar al poder eliminando de la competencia a quien fue elegido en buena lid.

Esto significa que en muchos casos -se ve claramente en Lima Provincial- gran parte de los votantes de la autoridad elegida termina reconociendo implícitamente que su voto estuvo equivocado. Sin embargo, creo que esto lo hacen porque son víctimas de la campaña de sus pares que permanentemente están machacando el asunto. Dada la escasísima formación formación cívico-ciudadana es fácil que muchos le entren también a la moda por cansancio. Es así que mucha gente termina construyendo en su cabeza esta peligrosa ecuación: Baja popularidad = Revocatoria.

Pero no sólo el "espíritu de la ley" es el que presenta problemas. El mismo aspecto práctico es malo: si un proceso revocatorio lleva más o menos un año, contando el período ya trabajado quedarían tan sólo dos años para una eventual nueva autoridad. De estos dos años se utilizaría aproximadamente uno para ubicarse adecuadamente en el puesto quedando tan sólo uno para la gestión a todo tren.

Otras opiniones:

Juan Carlos Tafur
Augusto Álvarez Rodrich
Ernesto Álvarez (presidente del Tribunal Constitucional)
Eduardo Dargent
Juan Sheput
José Godoy
Mirko Lauer
Steven Levitsky
Martín Tanaka
Pedro Salinas
Marco Sifuentes
Fritz Du Bois
Enrique Castillo
Carlos Basombrío
Carlos Meléndez

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